Trámites: TRANSFERENCIA DE VEHÍCULOSLa transferencia de un vehículo a motor es un trámite usual y sencillo
entre los amantes de los clásicos, pero por diversos motivos, puede ser
algo más complicado de lo habitual, ya que no siempre los vehículos
poseen la ITV en vigor, o no han pagado impuestos, o están exentos de
ellos. A continuación explicaré de forma sencilla qué documentación hay
que aportar y qué procedimiento seguir para poder poner a vuestro
nombre el SEAT 800 recientemente adquirido. Nota
previa: En la página de la Dirección General de Tráfico se especifica
con detalle los documentos a aportar, pero esa información no es del
todo completa y debemos matizarla. Enlace a la DGT AQUÍ.Antes que nada, hay que tener en cuenta las siguientes premisas: - El vehículo a transferir debe estar dado de alta. En caso de estar dado de baja debe ser primero rehabilitado. No se podrán rehabilitar vehículos dados de baja con fecha posterior a la del 13 de Febrero de 2004 (Entrada en vigor del Real Decreto 1383/2002, de 20 de Diciembre, sobre gestión de vehículos al final de su vida útil).
- Si la documentación (permiso de circulación, ficha técnica) del vehículo se ha extraviado, se aportará firmada por el titular del vehículo (vendedor) una Declaración de Extravío de Documentación. Impreso AQUÍ.
- El vehículo se puede transferir sin tener la Inspección Técnica de Vehículos (ITV) pasada,
no es un requisito para realizar el trámite, pero sí es un requisito
para poder circular con el vehículo, por lo que no se expedirá el
Permiso de Circulación a nombre del comprador hasta no entregar
justificante de haber pasado la inspección, aunque a todos los efectos,
el coche constará a nombre del nuevo propietario.
- El vehículo a transferir debe estar al día en los pagos del Impuesto Municipal sobre Vehículos de Tracción Mecánica
(IVTM) en el Ayuntamiento de origen del vehículo (el del titular), para
poder presentar en al Jefatura de Tráfico el recibo de haber pagado el
año en curso. En caso contrario, para solicitar el recibo del año en
curso, se deberán pagar en el Ayuntamiento que corresponda los
impuestos relativos a los últimos 4 años.
- No es necesario el DNI original, o una fotocopia compulsada de éste, en el caso del vendedor (titular o transmitente). Una fotocopia corriente de su DNI es totalmente válida*.
No es así en el caso del comprador, quien sí debe aportar original o
fotocopia compulsada de su DNI. La fotocopia compulsada se debe
solicitar en cualquier Ayuntamiento, previo pago de la tasa
correspondiente y presentación del documento original.
- En
caso de no estar presente el titular en el momento de la transferencia,
es necesaria una Autorización firmada por éste. Impreso AQUÍ.
- Se deberá pagar la tasa correspondiente (44,20€) , y tener debidamente cumplimentado el impreso de Solicitud de Transmisión de Vehículos por el titular y por el comprador. Impreso AQUÍ.
- Estos coches no pagan Impuesto de Transmisiones Patrimoniales** debido a su edad, por lo que no es necesario presentar nada.
*
Esto es así en la Jefatura de Tráfico de Sabadell y es posible que en
más. Es probable que en otras Jefaturas del Tráfico sí que sea
necesario presentar original y fotocopia compulsada. Pendiente confirmar.
** Depende de la Comunidad Autónoma. En Catalunya están exentos de pagarlo.
¿Qué hacer si el vehículo está dado de alta, pero quien nos vende el coche no es el titular?
Es
un caso común en los clásicos y coches de cierta edad; coches que han
pasado de mano en mano, no se han hecho los cambios de titularidad
correspondientes (antes no se le daba tanta importancia a los
trámites), y nos podemos encontrar con que compramos un coche a un
persona, pero el coche está a nombre de otro.
Pasos a seguir:
- Realizar un contrato de compra-venta entre el propietario actual, y el comprador.
- Conseguir
una copia del contrato de compra-venta entre el propietario actual y su
dueño anterior. Hay que investigar y tirar el hilo, y pasar por los
distintos propietarios hasta encontrar la copia del contrato de
compra-venta que apunte al titular.
- Conseguir una fotocopia (corriente) del DNI del titular, y que firme una Autorización a nuestro favor.
- Conseguir el original o una fotocopia compulsada del DNI del actual propietario (vendedor), y que firme una Autorización a nuestro favor.
- Rellenar dos impresos de Solicitud de Transferencia de Vehículos, uno entre el titular y el actual propietario, y otro entre el actual propietario y el comprador.
- Presentar
los dos impresos, las autorizaciones, los contratos de compra-venta que
demuestren el nexo de unión entre el titular, el actual propietario y
el comprador, las fotocopias de los DNI de los involucrados, la
documentación del vehículo y el impuesto municipal en vigor.
- Esto se llama Doble Transferencia. Es un trámite tedioso, pero muchas veces el único a seguir para poder poner a nuestro nombre el vehículo adquirido.
¿Qué hacer si el vehículo está dado de alta, pero el titular está desaparecido?En
este caso habrá que recurrir a un Acta Notarial, presentando como
pruebas una factura o contrato de compra-venta entre el actual
propietario y el comprador, y una copia del contrato de compra-venta
entre éste y el anterior propietario que se tuviese (no hará falta que
sea el titular). Lo que se necesita es demostrar que el actual
propietario es dueño legal del vehículo, y que el comprador lo ha
adquirido de él. También se aportarán dos testigos que corroboren la
propiedad del comprador sobre el vehículo. Con su testimonio, y las
pruebas y contratos aportados, el Notario firmará un documento que
habrá que presentar en Tráfico para completar la transferencia del
vehículo. Pablo Murillo Barrionuevo Agradecimiento: Jefatura de Tráfico de Sabadell (Barcelona) |